Fuerzas de Elite

Portal dedicado a las Unidades Especiales de la Policia y el Ejercito, sus tácticas, sus armas, su equipamiento...
Creditos
Fecha actual 17 Sep 2026 18:47

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
Autor Mensaje
NotaPublicado: 14 Ago 2008 15:04 
Desconectado
Comisario
Comisario
Avatar de Usuario

Registrado: 10 Feb 2007 14:02
Mensajes: 1050
Hoy he recibido este e-mail pero no he encontrado la fuente en internet.

SENTENCIA DE LA SECCIÓN 1ª DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS en la que se absuelve a un
policía por quitar la cámara a un particular que estaba haciendo fotos de los agentes que
desempeñaban sus funciones.



Los hechos suceden en el transcurso de los incidentes que estaban sucediendo en una plaza
pública con motivo de la decisión del Ayuntamiento de construir un parking y los agentes d e
policía se encontraban de servicio vigilando dicha concentración en la citada plaza.


Uno de los agentes se percata de que un cuidadano está haciendo fotografías de los policías que trataban de
restablecer el orden público. Comprobado que dicho ciudadano no pertenece a ningún medio informativo,
uno de los policias le requirió la entrega de la cámara a lo que el ciudadano se negó, y debido a esta
negativa, el agente se la quitó por la fuerza con ayuda de otros agentes, a fin de impedirle que hiciera
más fotografías.


El agente que retiró la cámara, procedió a su devolución al día siguiente tras haberla guardado
en su propio domicilio. No se acreditó que la cámara tuviera daño material alguno.


La primera sentencia CONDENA AL AGENTE como autor de FALTA DE COACCIONES.


Dicho agente recurrió la sentencia.


La Audiencia alega que 'la obtención de fotografícas de los agentes para un uso posterior ignorado
NO ES UN ACTO LEGÍTIMO AL NO MEDIAR CONSENTIMIENTO de los afectados..' Es más, el art. 197 del Código
Penal califica como delictiva la conducta de quién para vulnerar la intimidad de otro utilice grabación
de imágenes.


En este mismo sentido, en muchas sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en casos similares
(entre otras, STS 2-2-2000, 11-7-01, 18-7-2002) afirman que NO EXISTE NINGÚN DERECHO de captar imágenes
de personas, no mediando su expreso consentimiento.


Ello está avalado también por el art. 18.1 de la Constitución que garantiza el derecho a la intimidad
personal así como por el Tribunal Constitucional, que en su doctrina también sigue esta línea.


La actuación del ciudadano de fotografiar a los agentes que por razón de su cargo trataban de reprimir
los disturbios NO ESTABA AMPARADA LEGALMENTE.


La orden dada de que entregase la cámara de fotos era legítima, toda vez que se desconoce el uso que de
esas imágenes de los agentes pudiera hacer el ciudadano y el obvio, que por elementales medidas de seguridad
trataran de preservar su imagen, por lo que EL REQUERIMIENTO PARA LA ENTREGA DE LA CÁMARA ES AJUSTADO A
DERECHO.


Ante la negativa del ciudadano a hacer entrega de la cámara y el que el agente se la quitara a la fuerza,
TAMPOCO ES constitutiva de INFRACCION PENAL, ya que siguiendo doctrina consolidada del Tribunal Supremo:


- los agentes actuaban desempeñando las labores propias de su cargo
- la fuerza fue racionalmente necesaria y proporcionada
- había resistencia por parte del ciudadano


La única IRREGULARIDAD cometida por el agente fue el llevarse la cámara de fotos a su casa en lugar
de depositarla en las dependencias de la Policía.


Por lo anteriormente dicho, la Audiencia Provincial REVOCA LA SENTENCIA dictada y
ABSUELVE AL POLICIA DE LA FALTA DE COACCIONES.

_________________
Fuerza y Honor.
Semper Fidelis.
ImagenImagen
Si vis pacem para bellum


Arriba
 Perfil  
 

Compartir en:

Compartir en Facebook FacebookCompartir en Twitter TwitterCompartir en Tuenti TuentiCompartir en Sonico SonicoCompartir en Digg DiggCompartir en Delicious DeliciousCompartir en Technorati TechnoratiCompartir en Tumblr TumblrCompartir en Google+ Google+

 Asunto:
NotaPublicado: 14 Ago 2008 20:34 
Desconectado
Comisario
Comisario
Avatar de Usuario

Registrado: 07 Feb 2007 03:26
Mensajes: 1490
Ubicación: Pais pandereta
Buena sentencia habra que tenerla a mano. gracias


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: 14 Ago 2008 22:45 
Desconectado
Moderador
Moderador
Avatar de Usuario

Registrado: 06 Feb 2007 22:45
Mensajes: 12657
Ubicación: Around the World
Me alegra ésta sentencia en una época de inquisición policial. No se puede andar por ahí sacando fotos a cualquier persona y menos a un miembro de las FyCSE ya que nunca se sabe quién las hace y para qué.

_________________
Imagen
Reglas del Foro
[marq=left]En Fauerzaesp preferimos calidad a cantidad[/marq]
Si me arrodillo ante ti no es por rendición, sino por saludarte cordialmente antes de derrotarte


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: 14 Ago 2008 23:56 
Desconectado
Moderador
Moderador
Avatar de Usuario

Registrado: 18 May 2007 09:46
Mensajes: 8393
Genial. No sería la primera vez que le requiero a alguien que me muestre las fotos que está tomando en su cámara digital. Saludos.

_________________
Si te editamos el post en verde no te preocupes, si en rojo pon atencion.
NORMAS DEL FORO
HILO DE PRESENTACIONES
Imagen
twitter: @antidisturbioes


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: 15 Ago 2008 00:10 
Desconectado
Moderador
Moderador
Avatar de Usuario

Registrado: 06 Feb 2007 22:45
Mensajes: 12657
Ubicación: Around the World
Aquí os dejo la sentencia: Descarga.

_________________
Imagen
Reglas del Foro
[marq=left]En Fauerzaesp preferimos calidad a cantidad[/marq]
Si me arrodillo ante ti no es por rendición, sino por saludarte cordialmente antes de derrotarte


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: Bing [Bot] y 17 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro

Buscar:
Saltar a:  


Desarrollado por phpBB® Forum Software © phpBB Group
El Foro Fauerzaesp se nutre gracias a sus usuarios ||Fauerzaesp
 
Creditos