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| Comisario_Principal |
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Registrado: 06 Feb 2007 22:16 Mensajes: 5402
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No tengo ni idea si es cierto, pero me ha llegado esto:
El Gobierno prepara otro ‘golpe de efecto’ con la Guardia Civil. Los Ministerios de Interior y de Defensa preparan un más que polémico Real Decreto para modificar la consideración de suboficiales a las ‘clases de tropa’ (sic) de la Guardia Civil. Es doblemente polémico porque, por un lado, Defensa reconoce implícitamente que los guardias no son ‘fuerza armada’, pero por otro les retira derechos adquiridos en los cuarteles militares. Los guardias no saben si reír o llorar.
El pasado 16 de enero, el Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil dio entrada al expediente 1031-08; un escrito remitido por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa “interesando informe sobre el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1970/1983, de 22 de junio, sobre consideración de Suboficiales a las clases de tropa de la Guardia Civil” (sic). El escrito del Departamento que dirige José Antonio Alonso se remitió al Gabinete Técnico de la Guardia Civil para su estudio. Como se observa en el membrete, este escrito tiene fecha de entrada del 16 de enero; es decir, dos días después de que el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, disolviera las Cortes Generales y convocara elecciones para el 9 de marzo. Primer dato a tener en cuenta. La propuesta remitida por el Ministerio de Defensa, a la que Diariocrítico ha tenido acceso, contiene dos párrafos especialmente significativos: primero, “…Al no constituir ya la Guardia Civil un Cuerpo más del Ejército de Tierra, no procedería su distinción de las ‘Clases de Tropa de las Fuerzas Armadas’”. Y, segundo: “El presente Real Decreto tiene por objeto circunscribir al ámbito exclusivo de la Guardia Civil el tratamiento y consideración de Suboficial de las Clases de Tropa de la Guardia Civil, a partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en dicho Cuerpo, y de los Cabos desde el día de alcanzar ese empleo, si antes no lo hubieran obtenido”.
Con esas consideraciones, el ‘técnico’ de Defensa que ha planteado esta reforma dispone los siguientes cambios de modificación del Real Decreto 1970/1983, de 22 de junio, sobre consideración de suboficiales a las clases de tropa de la Guardia Civil:
“Artículo único. “El artículo 1 queda redactado como sigue: "Los guardias de la Guardia Civil, a partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en dicho Cuerpo, disfrutarán de igual tratamiento y consideración que los Suboficiales del Cuerpo en el ámbito exclusivo de la Guardia Civil. Los Cabos tendrán esa consideración desde el día de alcanzar ese empleo, si antes no lo hubieran obtenido". “El artículo 3 queda redactado como sigue: “Publicada la Orden ministerial que les concede tal consideración, desde ese momento tendrán derecho a: “- Uso del distintivo que se determine reglamentariamente. “- Que se refleje tal consideración en la documentación administrativa del interesado. “- Acceso a salas de Suboficiales de la Guardia Civil. “- Alojamiento en residencias de Suboficiales de la Guardia Civil. “- Acceso como socios de clubs sociales de Suboficiales de la Guardia Civil. “- Asistencia a cursos de Suboficiales de la Guardia Civil, en determinadas especialidades y circunstancias. “- Por último, disfrute de todos los beneficios que con características generales le son propios a los Suboficiales de la Guardia Civil o que en lo sucesivo les sean concedidos, e n el ámbito exclusivo de la Guardia Civil”.
Cuando se apruebe el Real Decreto, claro, llevará las firmas del rey Juan Carlos y de la ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega.
¿Desmilitarizar el Cuerpo?
En realidad, según denuncia la Unión Profesional de la Guardia Civil (UPGC), todo este lío puede tener una doble o triple lectura. Primera lectura, que el ‘técnico’ que ha preparado la reforma ha cometido un gazapo al escribir “Clases de Tropa de la Guardia Civil”, porque en el Benemérito Cuerpo no existe la ‘clase de tropa’. Las escalas son: básica (guardias y cabos), suboficiales, oficiales, oficiales superiores (provienen de la Academia), oficiales generales y técnicos.
Pero más allá del gazapo de los ‘técnicos’, hay dos cuestiones de fondo en la reforma de última hora que prepara el Gobierno socialista. Primera cuestión, el reconocimiento explícito de que la Guardia Civil no constituye un Cuerpo más del Ejército de Tierra. Para algunos, esto supone un paso más hacia la desmilitarización completa del Cuerpo.
Por ejemplo, ahora mismo los guardias civiles disponen de dos tarjetas identificativas: una, la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), y otra, la Tarjeta de Identidad Militar (TIM), la cual la extiende el Ministerio de Defensa y en la que se refleja que es el “Cuerpo de la Guardia Civil”, va el nombre del titular, pone “guardia civil activo” con consideración de suboficial si la tiene, lleva la fecha de nacimiento, la de caducidad de la tarjeta y la firma el director general de la Guardia Civil y de la Policía.
Si la Guardia Civil no constituye un “Cuerpo más del Ejército de Tierra”, ¿qué sentido tiene la Tarjeta de Identidad Militar (TIM) que extiende el Ministerio de Defensa?
¿Despechar a la Guardia Civil?
La anterior lectura sería muy positiva para la mayor parte de los agentes del Cuerpo, como lo es para la UPGC, consultada por Diariocrítico; pero hay una segunda lectura que sin duda va a causar malestar. Parece ser que la reforma se plantea para que los guardias no puedan acceder en los cuarteles militares cuando están de tránsito –por motivos profesionales- a los beneficios de los que disfrutan los suboficiales del Ejército.
Hasta el momento, el Real Decreto 1970/1983, de 22 de junio, concedía la consideración de suboficiales a las ‘clases de tropa’ de la Guardia Civil (guardias y cabos) que llevaran al menos seis años de servicio ininterrumpidos en el Cuerpo sin ‘amonestaciones’. Esto quiere decir que, a partir de esa consideración, podían disfrutar de los mismos derechos que los suboficiales.
Ese ‘disfrute’ se extiende a los cuarteles militares en los que los guardias tuvieran que pernoctar por razones de servicio. Es decir, que los que tengan la ‘consideración’ de suboficiales, no dormirían con la tropa, sino en sitios de suboficiales: podrían acudir a sus bares, etcétera. Con la reforma, esa ‘consideración’ se circunscribe exclusivamente a los establecimientos de la Guardia Civil, pero no a los acuartelamientos militares. Y esto es lo que trae de cabeza a los agentes de la Benemérita.
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