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NotaPublicado: 19 Sep 2009 14:14 
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Aquí os pongo el enlace de la Razón, no se si lo han puesto, yo no lo he visto:

http://www.larazon.es/noticia/vigilante ... s-somalies

Parece que lo de Levantina va en serio, lo cual es para preocuparse, conozco a muchos de la empresa y tela…


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NotaPublicado: 19 Sep 2009 14:33 
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"piratas armados con AK-42" :-(


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NotaPublicado: 19 Sep 2009 18:29 
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Hola.

Edi escribió:
Aquí os pongo el enlace de la Razón, no se si lo han puesto, yo no lo he visto:

http://www.larazon.es/noticia/vigilante ... s-somalies

Parece que lo de Levantina va en serio, lo cual es para preocuparse, conozco a muchos de la empresa y tela…

De la noticia publicada en La Razón, me quedo con esto también:

LA RAZON escribió:
En cuanto al armamento que podrán utilizar los vigilantes, el Ministerio de Defensa ha dado una autorización más amplía que la que había antes, que sólo permitía llevar abordo revólveres del 38 y escopetas del 12. Ahora, podrán utilizar armas largas rayadas de repetición, es decir, lo que se conoce como rifles semiautomáticos tipo cetme.




REGLAMENTO DE ARMAS escribió:
REGLAMENTO DE ARMAS

SEGUNDA CATEGORÍA:

2.1.- Armas de fuego largas para vigilancia y guardería: son las armas largas que reglamentariamente se determinen por Orden del Ministerio del Interior mediante decisión adoptada a propuesta o de conformidad con el mismo, como específicas para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.


OM 15 de Febrero de 1997 escribió:
ORDEN DE 15 DE FEBRERO DE 1997 POR LA QUE SE DETERMINAN LAS ARMAS DE FUEGO A UTILIZAR POR LOS GUARDAS PARTICULARES DEL CAMPO PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA Y GUARDERÍA
El artículo 3 del vigente Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, clasifica en la categoría 2.1 a las armas largas para vigilancia y guardería, especificando que dichas armas serán las que se determinen por Orden del Ministerio del Interior o mediante decisión adoptada a propuesta o de conformidad con el mismo, como específicas para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.
Por otro lado, el artículo 93.1 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, establece que el arma reglamentaria de los Guardas particulares del Campo, será el arma de fuego larga para vigilancia y guardería, determinada con arreglo al artículo 3 del Reglamento de Armas, facultando la disposición final primera de dicho Real Decreto al Ministro del Interior para dictar las disposiciones necesarias para su ejecución.
Finalmente, el artículo 124 del Reglamento de Armas, relativo a las licencias para el ejercicio de funciones de custodia y vigilancia, contempla la posibilidad de que tales licencias autoricen el uso de armas de las categorías 1., 2.1 ó 3.2, de conformidad con lo dispuesto en la respectiva regulación o, en su defecto, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida a este Ministerio, dispongo:
Primero.- El arma de fuego específica de los Guardas particulares del Campo, para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, será con carácter general el arma larga rayada de repetición, concebida para usar con cartuchería metálica apta para su utilización con arma corta, de calibre 6'35, 7'65, 9 mm. corto, 9 mm. parabellum, ó 9 mm. largo.



OM de 30 de Abril de 1998 escribió:
ORDEN DE 30 DE ABRIL DE 1998 POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 15 DE FEBRERO DE 1997, POR LA QUE SE DETERMINAN LAS ARMAS DE FUEGO A UTILIZAR POR LOS GUARDAS PARTICULARES DEL CAMPO PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES DE VIGILANCIA Y GUARDERÍA
La Orden de 15 de febrero de 1997, dictada al amparo de los Reales Decretos 137/1993, de 29 de enero, y 2364/1994, de 9 de diciembre, por los que se aprueban los Reglamentos de Armas y de Seguridad Privada, respectivamente, determinó las armas a utilizar por los Guardas Particulares del Campo.
Desde la entrada en vigor de la citada Orden, se ha constatado la dificultad de las empresas para la adquisición de dichas armas en el mercado, y que es necesario utilizar armas de otros calibres diferentes a los autorizados, y ampliar las clases de armas aptas para desarrollar eficazmente la diversidad de misiones encomendadas a los Guardas Particulares del Campo en sus funciones de vigilancia y guardería.
Por ello, en la presente Orden se autorizan, también, los calibres 22LR, 38 especial y 357 Mágnum y, como arma, la escopeta de repetición calibre 12 de 12 postas.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida a este Ministerio, dispongo:
Primero.- Se modifican los apartados primero y segundo de la Orden de 15 de febrero de 1997, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, que quedan redactados en la forma siguiente:
"Primero.- Las armas de fuego específicas de los guardas particulares del campo, para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, serán con carácter general las armas largas rayadas de repetición, concebidas para usar con cartuchería metálica, apta para su utilización con arma corta, de calibre 6,35, 7,65, 9 mm corto, 9 mm parabellum, 9 mm largo, 22LR, 22 Mágnum, 38 especial y 357 Mágnum.
Segundo.- Cuando en el servicio a prestar concurran circunstancias extraordinarias que impidan o desaconsejen el uso de lar armas largas rayadas, determinadas en el apartado anterior, las empresas en las que prestan servicio los guardas, podrán solicitar de la Dirección General de la Guardia Civil, acreditando la concurrencia de dichas circunstancias, autorización para usar revólver calibre 38 especial o escopeta del calibre 12, de repetición, con cartuchos de 12 postas comprendidas en un taco con tenedor. Dicha Dirección General, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, y valorando las circunstancias concurrentes, concederá o denegará la autorización."
Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".



Las armas largas rayadas SEMIAUTOMÁTICAS no están permitidas por Normativa para servicios de SEGPRIV, por lo que o se modifica la Norma, o las autorizaciones entrarán en claro conflicto con la misma. Ni conozco armas "tipo CETME" recamaradas para estos calibres.

A ver que ocurre.

Independientemente de que me encuentro en clara disconformidad con muchos aspectos de la Legislación que regula las actividades de Seguridad Privada, que en mi modesta opinión, necesitan una puesta al día, con una Norma Marco que recoja todo, sin parcheos a posteriori, pero mientras tanto, lo que hay, es lo que tenemos.

wink:

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La milicia es una religión de hombres honrados.
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Pedro Calderón de la Barca. Soldado de Infantería Español.


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NotaPublicado: 19 Sep 2009 20:36 
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Levantina dispone de una buena cantidad de Vigilantes de Seguridad que tambien son Guardas de caza (disponen de licencia C y pueden usar arma larga rayada, pero no armas de guerra, pero lo que necesita son armas de mas potencia para hacer blancos a mayores distancias para sniper o francotirador, ametralladoras MG o de mayor calibre o algun tipo de lanza granadas, para repeler segun que tipo de agresion y a que distancia)y Escoltas.

En el hilo de PMC se comento con el asunto del buque Teneo, si a esto unimos la formacion particular que cada uno aporte y que las relaciones tanto con el Cuerpo Nacional de Policia como con La Guardia Civil le son conocidas y buenas ¿o no?( digo esto por las competencias que cada cuerpo de seguridad dirige), pienso que tienen un gran futuro como empresa, con unos sueldos claros.

Habran de crear una figura nueva que no sea ni vigilante de seguridad ni sus especialidades, ni escolta, ni guarda particular del campo ni sus especialidades. Yo en su momento aposte por los guardapescas maritimos (con sus uniformes marron de reglamento y su sombrero)aunque se que es imposible. Pero es que todos tienen algo en contra cuando es la que mas se ajusta y puede llevar arma larga rayada y su mismo nombre es guardapesca maritimo pero en buques que transporten contenedores no podrian estar. falta saber si las 200 millas es su campo maximo (el SEPROSE no contesta el asunto).

O ampliar competencias y licencias de armas a los vigilantes de seguridad con otra nueva especialidad para ellos.

Pero sea cual sea el resultado hay demanda y oferta y estan moviendo el asunto


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NotaPublicado: 21 Sep 2009 14:28 
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Ahi van unos consejos:

http://www.imo.org/includes/blastDataOn ... 5/1334.pdf

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(las leyes callan en tiempos de guerra, M.Tulio Cicerón)


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NotaPublicado: 24 Sep 2009 13:19 
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Ubicación: cerca, muy cerca....
Hola a todos, rebuscando, rebuscando he encontrado esto:

Citar:
Levantina de Seguridad, la empresa vinculada a la ultraderecha que ha sido contratada por el Departamento de Cultura, es la que ha obtenido la peor puntuación entre todas las empresas de seguridad privada que pueden trabajar con la Generalitat. Así lo certifica un documento elaborado por el Departamento de Economía, en el que la empresa de José Luis Roberto -fundador del partido ultra España 2000- obtiene 65 puntos de 100 posibles, un aprobado justo si se tiene en cuenta que la nota de corte fijada por la Administración es de 60 puntos.

La empresa del ultra José Luis Roberto vigila el castillo de Miravet
Desde hace siete días, los vigilantes de seguridad de esta empresa, que tiene su sede en Valencia y una delegación en el centro de Tarragona, vigilan monumentos emblemáticos del patrimonio catalán: el castillo de Miravet, la cartuja de Scaladei y el castillo de Escornalbou. Cultura la contrató porque "cumple todos los requisitos" y fue "la única que se presentó al concurso de procedimiento negociado". La designación, en cualquier caso, ha creado un gran malestar entre colectivos de Tarragona. No sólo por la filiación ideológica de la compañía, sino porque algunos de sus vigilantes han sido condenados por agresiones en la Comunidad Valenciana.

El Ministerio del Interior es el encargado de homologar a las empresas de seguridad privada. Levantina de Seguridad lo está desde 1980. El Departamento de Economía y Finanzas, sin embargo, elabora un registro para seleccionar a las empresas que pueden trabajar para la Generalitat. El último acuerdo marco "de servicios de vigilancia y seguridad destinados a los departamentos" del Gobierno catalán se firmó el pasado 9 de diciembre.

Hay diversos lotes objetos de licitación. El número 4 es el de Tarragona. Cuatro empresas -entre ellas, Levantina de Seguridad, que no aparece en el resto de las provincias- pueden optar a vigilar edificios y dependencias de la Generalitat. Los técnicos otorgan a esta empresa la peor puntuación en casi todos los campos (planes de formación, formación complementaria, ejecución de seguimiento de contratos, requisitos tecnológicos y mejoras) y la peor de todas las de Cataluña en el cómputo global. Las grandes del sector están a la cabeza, con cerca de 90 puntos, y la penúltima obtiene 69.

La contratación de Levantina provocó una campaña de los sectores críticos de Esquerra Republicana contra el consejero de Cultura, el también republicano Joan Manel Tresserras, por haber permitido que ciertos monumentos estén en manos de vigilantes de esta empresa. La polémica ha llegado con fuerza a Tarragona. Colectivos antifascistas de la provincia se han movilizado para evitar que vuelva a ser contratada. Cientos de personas han firmado ya una carta en Internet dirigida al consejero de Economía, Antoni Castells. El objetivo es que "reconsidere" el acuerdo marco y vete a una empresa "ligada a movimientos de extrema derecha y con incidentes violentos en Valencia y Cataluña", según la misiva.

Una evidencia más de la conexión entre la empresa y la ultraderecha es que uno de los responsables de Levantina de Seguridad en Tarragona, Severiano Márquez, fue cabeza de lista de España 2000 por Tarragona en las elecciones generales de 2004.

La irrupción de la compañía de José Luis Roberto no ha sentado bien en otras empresas de seguridad privada, que le acusan de hacerse un hueco en el mercado de Tarragona -sobre todo, en los locales de ocio nocturno- a base de reventar precios. Estas empresas, que prefieren no dar su nombre, aseguran que no se presentaron al concurso de Cultura bien porque no les interesaba la oferta, bien porque nadie se puso en contacto con ellas.


http://www.elpais.com/articulo/cataluna ... at_11/Tes/

Uff!! Los pescadores y atuneros en "buenas manos".

Saludos

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La civilizacion no destruye la barbarie, la perfecciona.
Voltaire.


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NotaPublicado: 24 Sep 2009 13:49 
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Mensajes: 141
Los técnicos otorgan a esta empresa la peor puntuación en casi todos los campos (planes de formación, formación complementaria, ejecución de seguimiento de contratos, requisitos tecnológicos y mejoras)


Que puntuación se merecen los del video ? cero pelotero y prohicición de contratar con administraciones públicas del primer mundo jajajaja!!!

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NotaPublicado: 10 Oct 2009 13:39 
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Ubicación: Pintiam.-
Según la noticia y de ser cierta, esta vez han confiado en esta empresa británica y como se lee y se entiende, no es lo mismo hacer frente a piratas con una escopeta del .12 que con fusiles de asalto, hay que dar gracias a las leyes tan "maricomplejines y flower-power" de las que disponemos , las empresas de seguridad españolas estarán que trinan:

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/10/1 ... 73945.html

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SLAVA UKRAYINI! HÉROYAM SLAVA!.-
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NotaPublicado: 10 Oct 2009 14:41 
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http://www.bermeokoudala.net/187.html?&L=2&tx_ttnews[tt_news]=1226&tx_ttnews[backPid]=39&cHash=2aa9065bd6

Al parecer unos cuantos han contratado los servicios de la PMC Minimal Risk,previa renuncia del pabellón español y renuncia a las subvenciones. Le pueden estar cobrando sobre 254 eur persona/día y otros extras.

Evidentemente se están aprovechando de la desesperación e ignorancia de los armadores, pero hay que pescar como sea...

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