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 Asunto: armas-escoltas
NotaPublicado: 03 Ago 2007 17:53 
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Registrado: 29 May 2007 15:37
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hola compañeros translado a este foro una duda que nos surgio a un compañero y a mi sobre los escoltas en españa.
si un escolta privado trabaja por su cuenta, es decir sin depender de ninguna empresa, que licencia de armas debe o puede tener para poseer una arma corta en el desarrollo de su actividad????
ya que al no trbajar en ninguna empresa, el arma debera ir guiada a su nombre con su correspondiente licencia

gracias


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NotaPublicado: 03 Ago 2007 19:17 
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Registrado: 18 May 2007 14:40
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Quizas me equivoque, pero un escolta privado en españa debe de estar contratado por una empresa de seguridad para realizar su trabajo.

Corregidme si me equivoco.

Saludos


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NotaPublicado: 03 Ago 2007 23:04 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
vinxent escribió:
hola compañeros translado a este foro una duda que nos surgio a un compañero y a mi sobre los escoltas en españa.
si un escolta privado trabaja por su cuenta, es decir sin depender de ninguna empresa, que licencia de armas debe o puede tener para poseer una arma corta en el desarrollo de su actividad????
ya que al no trbajar en ninguna empresa, el arma debera ir guiada a su nombre con su correspondiente licencia

gracias


Hola.

Los escoltas privados, hoy por hoy, deben de pertenecer a plantillas de empresas de seguridad registradas para prestación de servicios de protección de personas.
No es viable otro modo, ni obtener licencias de tipo B para este colectivo.

Otra cosa, es lo que la Asociación Española de Escoltas lleva tiempo intentando, pero la realidad, es la que te cuento.
Recomendación: lee la Ley de Seguridad Privada y su Reglamento, está todo, muy bien delimitado.

De igual manera, es ilegal la prestación de servicios de seguridad/protección personal sin atenerse a las premisas arriba reflejadas, en otras palabras, o eres empleado de una empresa o no se puede hacer, no valen segundas actividades, gente que ejerce de guardaespaldas por tener ciertas y dudosas nociones y tener una licencia F, ni otros modos que, se llevan a cabo, pero, repito, son ilegales.

Sl2

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NotaPublicado: 23 Ene 2008 14:51 
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Ubicación: Sacudiéndome el polvo...
Sobre la asociación, lo que pretende y lo que dice que pretende, los intrusos y los de dudosas nociones y procedencias, creo que podríamos estar horas y horas, link tras link hablando de ello....

Un saludo

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NotaPublicado: 02 Feb 2008 00:54 
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Registrado: 18 May 2007 14:40
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EDITADO Y PASADO A NOTICIAS

Te lo paso a noticias porque me parece que es un tema interesante que tiene bastante que debatir, y si así ocurre desvirtúa el hilo actual


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NotaPublicado: 02 Feb 2008 01:46 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
EDITO tu contestación y la paso al nuevo hilo en NOTICIAS

Saludos.

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NotaPublicado: 05 Nov 2008 20:49 
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Mensajes: 14
alvarocnp escribió:
Quizas me equivoque, pero un escolta privado en españa debe de estar contratado por una empresa de seguridad para realizar su trabajo.

Corregidme si me equivoco.

Saludos


No, no te equivocas :cool: los únicos en la seguridad privada actualmente que pueden prestar su servicio sin depender de una empresa, son los guardas particulares de campo, (los de pesca marítima creo que también pero no estoy seguro al 100%). Saludos.


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NotaPublicado: 26 Nov 2008 15:11 
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Registrado: 02 Jun 2008 03:15
Mensajes: 127
saludos ante todo
bueno yo estoy realizando el curso de escolta.os puedo contar que para ejercer como escolta legal, se necesita el curso que pide el ministerio de interior. eso de trabajar sin titulo para empezar no es escolta si no guardaespaldas por lo que no estas amparado.sobre el arma. al no estar regularizado seria ilegal al no ser q trabajaras para las fuerzas de seguridad del estado. hay cursos como los que dan los judios pero yo me he informado y si tienes otro curso y no el que te exige el ministerior de interior. no estas legal...si te ayuda algo esto o lo que pueda ayudar..

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HASTA LA VICTORIA!


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NotaPublicado: 23 Feb 2009 00:31 
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Registrado: 24 Ago 2007 22:42
Mensajes: 1554
vinxent escribió:
hola compañeros translado a este foro una duda que nos surgio a un compañero y a mi sobre los escoltas en españa.
si un escolta privado trabaja por su cuenta, es decir sin depender de ninguna empresa, que licencia de armas debe o puede tener para poseer una arma corta en el desarrollo de su actividad????
ya que al no trbajar en ninguna empresa, el arma debera ir guiada a su nombre con su correspondiente licencia

gracias



[align=justify]Yo te aconsejo que te leas la ley de seguridad privada y el reglamento de armas, que lo deja todo muy bien claro, haber si te busco lo exactamente concreto y asi te lo resumo.[/align]

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