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NotaPublicado: 28 Jul 2008 18:06 
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Calfy ha dicho:
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el potencial humano y laboral somos conscientes de estas situaciones y venimos reclamando una regulacion efectiva de s.privada, y no la regulacion que se a realizado respecto a la entrada en vigor de un reglamentoEUROPEO que no aporta nada positivo anuestra situacion laboral.


Citar:
Quieren que Rubalcaba cambie la Ley de Seguridad Privada
27-07-2008

Citar:
Las empresas de seguridad privada quieren que el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, cambie la ley del sector. La norma impide contratar como vigilantes a ciudadanos extracomunitarios, a los que sólo admite como auxiliares. Consideran un contrasentido que mientras que el Ministerio del Interior no permite que los extracomunitarios puedan ser agentes de seguridad privada, el de Defensa venga reclutando desde 2002 a soldados extranjeros, principalmente latinoamericanos, para la seguridad nacional.
Desde finales de 2007, las principales empresas de seguridad necesitan 21.000 nuevos agentes y entienden que la nacionalidad no debe ser traba para contratarlos.


Otro aspecto que quieren cambiar es el reglamento sancionador. Las empresas de seguridad privada están que fuman en pipa con el ministro Rubalcaba por lo que consideran su excesiva "mano dura" con ellas, sobre todo cuando saltan las alarmas instaladas en casas particulares y oficinas por algún fallo técnico, y no por una emergencia real de seguridad.

Cada vez que esto sucede, la policía se moviliza y, al comprobar que ha sido una falsa alarma -nunca mejor dicho-, se abre expediente sancionador a la empresa responsable de la instalación. En ciertas épocas del año como el verano, en que la gente se marcha de vacaciones fuera de sus domicilios dejando las alarmas activadas, es precisamente cuando más suceden los disparos de los dispositivos de seguridad, a veces simplemente por el calor, otras veces por excesiva humedad (lo que se produce con las tormentas veraniegas), etc...

Dicen estas empresas de seguridad privada que las multas les 'comen' literalmente los márgenes de beneficios que les quedan, y que así no hay manera de trabajar. Sólo el año pasado, estas sanciones se duplicaron: más de 500 multas, con un importe aproximado total de tres millones de euros, frente a menos de 200 expedientes sancionadores abiertos en 2006 y en torno a cien, o incluso menos, en los años anteriores.

La multa por una falsa alarma es de 6.300 euros, mientras que el servicio sólo le cuesta al cliente 150 euros al año. Pero claro, Rubalcaba simplemente les aplica el reglamento y es responsabilidad de estas empresas que sus dispositivos funcionen correctamente.

En España hay más de un millón de sistemas de alarma conectados, de los que 700.000 están instalados en domicilios particulares. El negocio de la seguridad privada factura anualmente unos 3.300 millones de euros, de los que 300 millones (poco menos del 10% del total) proceden de dichos sistemas de alarma conectados a una central.

Cuando una alarma salta y la compañía de seguridad privada no puede localizar al titular de la vivienda, el sistema obliga a la respuesta policial, que desplaza a una patrulla al domicilio donde la alarma está instalada. Lo que las empresas del sector pretenden ahora es que se imponga la sanción al usuario.

Diariocrítico.com 27-07-2008



Para bien ó para mal somos comunitarios y así debe ser, de cualquiera de las maneras las empresas, como podreis ver, quieren dar el siguiente paso.


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NotaPublicado: 28 Jul 2008 20:42 
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Registrado: 18 May 2007 14:40
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Lo que quieren las empresas contratando a personal extranjero es ahorrarse dinero :-( :-(

Saludos


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NotaPublicado: 29 Jul 2008 10:57 
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alvarocnp ha dicho:
Citar:
Lo que quieren las empresas contratando a personal extranjero es ahorrarse dinero

No solo quieren ahorrarse dinero, hay otros factores que interesan tanto ó más. Las personas a las que se refiere, es gente con mucha necesidad, que dada su situación harian turnos inhumanos, con una total disponibilidad y en unas condiciones de seguridad precarias del todo
(por ejemplo, si al personal nacional les cuesta mucho que las empresas les doten de chaleco en según que servicios, imaginaos a estas personas). Otro factor importante es el cultural, no hay la misma conexión con un V.S. alemán, y no debemos olvidarnos del idioma.

Una vez más vuelvo a decir que legislen pero con conocimiento, por el bien de los que estamos y el de los que llegan.
Al final tendre que darte algo de razón, pues si traduzco lo que he escrito al "castellano antiguo" el resultado es dinero.

Un abrazo.


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NotaPublicado: 27 Ago 2008 14:53 
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Registrado: 18 May 2008 11:45
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martes 26 de agosto de 2008
La seguridad privada, beneficiosa para todos
Cada vez tiene más relevancia el debate sobre la importancia que tiene la seguridad para el correcto funcionamiento de los países ya que es un pilar básico de la convivencia ciudadana y constituye un presupuesto esencial del Estado moderno. Por esta razón, el Estado ejerce la seguridad en régimen de monopolio. En función del sujeto al que se encomiende la responsabilidad esta se puede clasificar en seguridad pública o privada.

I. Referencias legales.

La exposición de motivos de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada, contiene referencias históricas, sociológicas, políticas, etc. sobre el marco legal vigente en la materia, principios inspiradores, fuentes legales, ámbito de actuación, campo de actuación, cometidos, etc.
Las notas características relativas a “seguridad”, a extraer de texto aludido, se pueden sintetizar del siguiente modo:

La seguridad (en general) es un pilar básico de la convivencia ciudadana y constituye un presupuesto esencial del Estado moderno, razón por la que se ejerce por éste en régimen de monopolio.
La seguridad se puede clasificar, en función del agente o sujeto al que se encomiende la responsabilidad, en pública o privada.
Los servicios de seguridad pública se prestan por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dependientes de la Administración Central, Autonómica y Local.
Los servicios privados de seguridad se prestan por personal integrado en empresas de seguridad. Son complementarios y subordinados a los de seguridad pública; están sometidos a estrechos controles e intervenciones del Poder Público, con el que devienen obligados a actuar como elementos colaboradores del sistema.
La intensa intervención que despliega la Administración del Estado sobre la actividad que desarrollan las empresas privadas de seguridad y su personal se debe al hecho de que competencia (la seguridad) está atribuida constitucionalmente como exclusiva al Estado.

II. Referencias doctrinales y sociológicas relativas a la seguridad privada.

Se trata de un tema muy controvertido entre la doctrina, que refleja en sus posiciones diferencias notables, que derivan a su vez de concepciones políticas, sociales y económicas diversas e, incluso, antagónicas en muchos casos.
Como compendio de las razones que unos u otros aducen a favor o en contra de la prestación privada de servicios de seguridad, cabe referirse sucintamente a las siguientes:

a) De apoyo

La seguridad privada actúa donde la seguridad pública no llega. El Estado no puede garantizar, con sus propios medios, el nivel de seguridad que los ciudadanos demandan. La seguridad es un derecho de los ciudadanos.
Los índices de criminalidad suelen decrecer, con carácter general, en los países que tienen establecido un sistema mixto de seguridad pública (a través de los Cuerpos Policiales) y de seguridad privada (por medio de personal no policial).
El desarrollo de la industria de seguridad exige grandes inversiones que el Estado no puede afrontar.
Los empresarios privados, a diferencia de los sujetos públicos, actúan permanentemente bajo presión competitiva para promover, descubrir y desarrollar nuevos productos o sistemas, aplicando todas las potencialidades que reportan las nuevas tecnologías.
La seguridad pública se proyecta fundamentalmente al mantenimiento y restablecimiento de orden y de la legalidad, más que a la protección directa de los bienes privados y de las personas (interviene, normalmente, cuando la ley ha sido ya infringida; cuando el daño o la lesión ya se ha producido). La seguridad privada tiene por objeto la prevención, que el hecho dañoso o lesivo no se produzca.
El sistema mixto de seguridad pública-seguridad privada, como se indica en el apartado I., está admitido por el ordenamiento jurídico español

b) De oposición o de crítica

Las medidas de seguridad proliferan en los últimos años en occidente, impulsadas por el miedo, provocado a veces artificialmente y que obedece en muchos casos a percepciones subjetivas y no a factores objetivos.
El crecimiento del mercado de seguridad privada está íntimamente ligado a la situación de crecimiento económico; a niveles elevados de vida; a la preocupación por la pérdida del bienestar alcanzado, de los bienes patrimoniales que se poseen o disfrutan, etc.
El sistema de seguridad privada es una consecuencia de la injusta distribución de la riqueza; un privilegio de los detentadores de la propiedad, que se ven amenazados por los desposeídos, que ambicionan su situación.
La seguridad privada produce el llamado efecto de “desplazamiento”, consistente en hacer más vulnerables a los ciudadanos que no disponen de sistemas privados de seguridad o no se los pueden permitir.
La potenciación de la seguridad privada obedece siempre a intereses particulares, en detrimento de los intereses públicos o generales. El fenómeno lleva aparejado un empobrecimiento general del sistema de seguridad pública que queda subordinado en muchos aspectos al de seguridad privada.
La formación de nuevos ejércitos o colectivos seudo-policiales (en muchos casos, armados) de obediencia absolutamente privada., lo que ataca la esencia misma del Estado moderno.

c) Síntesis

Con independencia de los argumentos que a favor o en contra de la seguridad privada se hayan utilizado hasta el momento (en general coinciden con los anteriormente expuestos), lo cierto es que el sistema en la actualidad está totalmente consolidado en todos los países de nuestro entorno.
La controversia tradicional en la materia ha desaparecido casi por completo, siendo en este momento las posiciones doctrinales, ideológicas o políticas, antaño discrepantes, casi absolutamente coincidentes, salvo en algún aspecto colateral que guarda relación con la dimensión o expansión de la seguridad privada, el nivel de dependencia o intervención pública que sobre la misma debe establecerse, la supremacía de la seguridad pública en defensa y garantía de los intereses generales; en definitiva, con el justo equilibrio que entre seguridad pública y seguridad privada debe existir en todo momento y nunca con la negación de pervivencia del sistema mixto de una y otra.
En conclusión, se puede sostener que en los estados modernos es absolutamente pacífica la defensa de la seguridad privada, como complementaria de la seguridad pública, a la que está subordinada y con la que coadyuva, sin que en este momento se promueva por nadie (estudiosos, expertos o eruditos) con seriedad o autoridad la “simplificación o purificación” del sistema u otra alternativa que suponga la desaparición de los servicios o sistemas de seguridad privada, así como de las aportaciones que ésta realiza al mantenimiento de la seguridad pública.
El desarrollo y expansión de los sistemas de seguridad, en paralelo a la progresiva reducción de los servicios de vigilancia (que se aventura a corto o medio plazo), confirma la falta de alternativa al régimen actual de seguridad, donde deben convivir equilibradamente los servicios públicos de seguridad y las empresas privadas.
Estas últimas son quienes, en exclusiva, pueden realizar las inversiones necesarias en nuevas tecnologías aplicables al campo de la seguridad y promover su desarrollo y expansión, acometiendo el proceso innovador que requiere cualquier dinámica industrial o comercial que pretenda estar adaptada en todo momento a las exigencias de la evolución humana, científica o tecnológica.

*Rafael González es Director General Adjunto de Operaciones y Seguridad de Grupo Seguriber.
COTIZALIA.COM

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Cuando se ven los árboles moverse es porque el enemigo está avanzando.


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NotaPublicado: 22 Oct 2008 13:14 
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Registrado: 10 Oct 2008 11:15
Mensajes: 271
Ubicación: cerca, muy cerca....
Me gustaria saber la opinion de los foreros, ya que se esta escribiendo de leyes y bla, bla, bla, el hecho de que tanto a los V.S., escoltas, V. de campo... se nos obligue, una vez que estamos acreditados y despues de pasar las pruebas (tanto fisicas como teoricas, y sin entrar si son suficientes o no,ya que de eso se encarga el Mº),
el tener que ir a tiro, y dependiendo del resultado, te retiren la licencia, perjudicando esto al bolsillo,ya que si estas en un servicio armado, te tienen que sacar; tambien al hecho de que el titulo caduque a los 10 años (como una lavadora o un colchon), estes o no ejerciendo.
Tambien criticar la actitud de TODAS las empresas, las cuales estan mas interesados en gente que diga SI a todo,dando igual la preparacion que tenga la persona, ya que por desgracia(y esto seria para abrir otro tema), van a cobrar lo mismo una persona que solo tiene el diploma, que gente que se gasta el dinero en prepararse con una formacion continuada, ya que los cursos de las empresas o bien pierdes dias de vacaciones para ir o es imposible con los horarios a 12 horas.
Bueno al final creo que me he liado, pero lo importante esta dicho.
A ver que pensais.Un saludo


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NotaPublicado: 22 Oct 2008 13:57 
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Registrado: 17 Oct 2008 15:00
Mensajes: 37
Buenas kvs. Mi opinion en cuanto al tema del tiro en la seguridad privada es el siguiente: no veo mal los ejercicios de tiro semestrales, trimetrales, etc...,si se ve como prácticas, teniendo en cuenta como esta el tema prácticas para la seguridad privada en este pais, (si no estas federado y tienes arma propia olvidate)ya que por parte de las empresas el tema de la formacion está bastante olvidado. Antiguamente algunas de las empresas tenian planes trimestrales de formación con varios cursos de tiro (Prosegur) aunque ahora mismo no se como está el tema. Dicho esto, no estaria de mas que fuera para todos igual, ya que quien me examina a mi o al resto de compañeros posiblemente tire en ejercicios programados lo mismo o menos que yo, con la diferencia que a esa persona no le retiran la licencia si no mete la mitad más uno, solamente queda a espera de repetir el ejercicio, (que alguien me corrija si me equivoco, por favor). En cuanto a las empresas, no tenemos que olvidar que son empresas de prestación de servicio, como tales buscan un beneficio economico, si puede ser con el menor gasto posible por su parte, mejor, y si los trabajadores no le dan problemas, miel sobre hojuelas. En cuanto a la formación, lo dicho, si no te quejas, te quedas sin ella, aunque luego en tu cartilla profesional si te apunten las 20 horas anuales, y si te quejas mucho, malo, empiezas a ser conflictivo. No esperes a que te den formación mínima, y si puedes formarte por tú cuenta, aun con gasto económico por tu parte, mejor.

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El bushido es morir. Es lo que he descubierto. En una encrucijada entre la vida y la muerte, es optar por la muerte. El bushido no tiene más significado que éste.
Yamamoto Tsunetomo
Hagakure


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NotaPublicado: 22 Oct 2008 14:41 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
Hola.

Mi opinión:
No tiene nada que ver el tener el TIP del tipo que sea, con la obligación de la asistencia a los ejercicios de tiro que corresponden según la función que se desempeñe ( VS-VE, EP ó GPC).
Y me explico, tras obtener el TIP de lo que se sea titular, ese tip tiene validez de por vida, lo que el reglamento limita es la duración del documento, establecida en diez años y por motivos lógicos a mi parecer, los documentos se deterioran con el paso del tiempo, las personas cambian, y mucho en diez años, por lo que la fotografía no termina de corresponder con la realidad, es el mismo caso que el DNI, se renueva por actualización de los datos del titular, incluida la fotografía insertada en el documento.

Pero los ejercicios de tiro, señores, esto, es otra cosa, sin entrar en la idoneidad de los ejercicios en sí, que están anclados en el siglo XIX, es la única forma de que se verifique la capacidad del personal provisto de licencia C, para trabajar armado.
Por que casos sangrantes de llegar al tiro y que compañeros, de treinta impactos puntuables, "metan" en la diana, dos, cinco, ó menos de diez, hay unos cuantos, sin entrar en más consideraciones.
Llevar un arma de fuego al cinto, para trabajar en Seguridad, es una gran responsabilidad, que implica muchas cosas, y la primera de ella, es saber como emplearla en un nivel razonable de seguridad y fiabilidad, y ello obliga a demostrar nuestra competencia con esta herramienta, y si no somos competentes, que nos quiten la licencia, así de claro y conciso, en innumerables ocasiones he oido a compañeros en el campo de tiro, que si vengo de servicio saliente de noche, que a ver si esto acaba pronto, que para lo que sirve...
Primero, somos responsables tanto penal como civilmente de lo que pase con el arma de fuego asignada, segundo, nos pagan la asistencia al tiro (actualmente, cuatro horas), tercero, si no se manejar lo que llevo al cinto, y pasa algo, quien puede ser el primero en acabar en una bolsa de plástico, yo, que soy el que lleva el arma y a por quien primero irá el malote.
Para dejar algo claro, no soy jefe de ninguna empresa, trabajo generalmente, de uniforme, y al año, aparte del tiro reglamentario, no bajo de los dos mil disparos entre pistola, revolver y escopeta de corredera.

De la formación, mejor no hablar, no se cumplen los programas o no llegan a existir, y cuando salen, son claramente insuficientes, para la cantidad de personas que deben de hacer los reciclajes.

Cuando salen los cursos de reciclaje, deben de abonarse las horas de asistencia siempre que se impartan en los centros de formación de las empresas o en los centros autorizados con los que se establezcan acuerdos en el caso de carecer de centros propios, el hacerlo en días libres o en vacaciones, o son empresas pequeñas, o son los que se hacen fuera de ellas, generalmente por los sindicatos.

Recordemos, que si la empresa no nos da la formación que exige la Ley, nos caben UNICAS tres alternativas:
* Primera: no hacer la formación, y en ese caso, nosotros somos los UNICOS responsables dado que la sanción que nos importa, es la que nos aplican como profesionales, la que le apliquen a la empresa ¿nos beneficia o perjudica?, creo que no nos beneficia, salvo que nos interese encabronar a nuestro jefe de personal y/o de operaciones.
* Segunda: pedirle a la empresa la oferta necesaria para ese reciclaje, que puede traer o no, problemas, eso lo valoramos cada uno en función de la empresa y la relación que tengamos con ella.
* Tercera: los sindicatos ofertan formación, gratuita, y sin necesidad de estar afiliado (ayuda, pero no es obligatorio, ya que cobran de fondos públicos), suele ser todos los años la misma, pero tiene una ventaja, es gratis y sirve para sellar la cartilla.

Confío en no haber sido extenso.

Un saludo.

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La milicia es una religión de hombres honrados.
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Pedro Calderón de la Barca. Soldado de Infantería Español.


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NotaPublicado: 23 Oct 2008 07:55 
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Registrado: 10 Oct 2008 11:15
Mensajes: 271
Ubicación: cerca, muy cerca....
La verdad, respecto al tiro, me he explicado mal. El caso no es el ir al ejercicio de tiro (el cual a titulo personal me gusta asistir), el hecho es que el hacer este ejercicio 2 veces al año,jugandotelo todo en un dia, (y todos sabemos que todos los dias no son iguales ni se nos da igual hacer las cosas, desde conducir hasta preparar una paella),con un arma que no sabes como esta, ni por cuantas manos han pasado y que en la mayoria de los casos estarian mejor en un museo, con un minicurso y miniexmen para poder sacar la licencia, etc, me parece que NO pueden (insisto),jugarnos la licencia en un dia y exigir un manejo de un arma como todos deberiamos saber.Es mi opinion.

Por otro lado, respecto a meter 6 de 30, a mi me ha pasado y te puedo garantizar, que si me preocupo por mi formacion, y he hecho cursos en las mismas instalaciones en las que hacemos el ejercicio,sin ningun problema, hasta que lo tuve y me la retiraron hasta diciembre. Comentando esto con compañeros del gim. que son P. Nacional, P. Municipal y G. Civil, todos, repito todos han coincidido en que a ellos mismos les a pasado, con sus propias armas, con "mayor formacion" y llendo a tirar cuando quieran, con la diferencia que a ellos no les retiran el arma (estariamos buenos).

Un saludo


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NotaPublicado: 23 Oct 2008 13:25 
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Registrado: 07 Feb 2007 16:40
Mensajes: 5330
kvs escribió:
Comentando esto con compañeros del gim. que son P. Nacional, P. Municipal y G. Civil, todos, repito todos han coincidido en que a ellos mismos les a pasado, con sus propias armas, con "mayor formacion" y llendo a tirar cuando quieran, con la diferencia que a ellos no les retiran el arma (estariamos buenos).


Por la parte que me toca (soy del CNP) tus compañeros del Gimnasio mienten como cosacos....nosotros tenemos estipulado un Plan Nacional de Tiro y unas tiradas cada "X" tiempo...que si bien no son como las vuestras (son mas periódicas y con un total anual de mas munición) no son ni por el forro lo que deberían ser, y eso de "tirar cuando quieran"...que me avisen y voy yo también :cool:, en un Pais en el que la falta de medios nos ha tenido en un "tris" de quedarnos sin ejercicio de tiro correspondiente (En mi Plantilla cuando faltas te apuntan en una lista y te convocan...y eso es muy serio) por falta de munición, como para "tirar cuando quisieran" :-D :-D
Un saludo.

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