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NotaPublicado: 12 Ago 2009 07:40 
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Hola a todos.

Primero, pido disculpas por el pedazo de rollo que voy a soltar. Si alguien tiene que currar de noche, por favor, que no continúe porque puede que se duerma.

Llevo bastante tiempo sin participar en el foro. Sobre todo porque creo no poder aportar nada de utilidad. Sin embargo, lo leo atentamente para continuar, sin descanso, aprendiendo de muchas de las aportaciones que realizan los foreros.

Sin embargo, y a mi modesto entender y saber, hay algunos casos que, para mi son un poco graves y fiel reflejo de lo que se está convirtiendo el foro en algunos aspectos.

Antes de entrar en este asunto, me gustaría comentar algunos post de Gemina en relación a este hilo.

Cuando dices

gemina escribió:
Evidentemente imagino que se denomina "alquiler" por hacerlo más comprensible, de la misma forma que la LAU (Ley de arrendamientos urbanos) habla de cedente y cesionario y arrendador y arrendatario y la gente de la calle, normalmente habla de "traspaso" o "propietario e inquilino", pero no por cambiar la denominación se alteran los derechos u obligaciones "


Creo que la extrapolación "por hacerlo más comprensible" de la figura de la cesión a la del alquiler, es un poco manipular ¿no?. Lo digo porque el espíritu de la Ley de Armas trata a esta cesión como una cesión gratuita y sin embargo, el alquiler siempre es por precio, es decir, de forma no gratuita.

Quiero decir, que en el curso se va a cobrar pasta por este "alquiler" (asimilado a una cesión, según tú) de las armas, y sin embargo, en los artículos de la Ley de armas, no se habla de precio cierto. Si no, fíjate no sólo en el aludido artículo 91.1, sino también en el artículo 94. En este artículo, que es el que aparenta ser el regulador de la cesión propiamente dicha, no se habla en ningún momento de precio. Más bien al contrario, parece un pacto gratuito que, si bien requiere una serie de requisitos (siendo el más importante de ellos la interposición de la Intervención de Armas como entidad controladora), aparenta un "pacto entre caballeros" (o señoras, para que ninguna se me enfade).


Y muchos os preguntaréis "Vale, pero, ¿qué pasa cuando se está rodando una película?" porque está claro que muchas de las armas que aparecen no son softair, sino que son armas reales con las que se graba una escena y luego, en montaje, puede implementarse el sonido al estilo americano (esto del estilo americano lo digo porque en la industria de cine americano, cuando se rueda una escena, a veces hasta una palmada, o un paso que da un actor, no se graba con su sonido original, sino que se suprime, se dobla, y luego se monta. Esto lo digo por la gran cantidad de aficionados al "sistema americano" que hay aquí. Yo entre ellos).

Pues bien, para eso está el artículo 154 que tiene que ver con nuestra (¡oh casualidad!) cesión temporal. Echádle un vistazo. Está entretenido. Bueno no, qué c.oño, lo voy a pegar.

ARTICULO 154. Los Servicios de Armamento de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil, con las garantías que estimen oportunas, y previa solicitud de los interesados en la cual deberán indicar necesariamente las características de las armas,así como su plazo de utilización, podrán facilitar en concepto de cesión temporal las armas adecuadas a las necesidades escénicas, cinematográficas o videográficas, si no hubiese existencias en las colecciones de industriales o coleccionistas en la localidad de que se trate.

Por cierto, y para terminar, atención al artículo 156 f) de la propia ley, que considera infracción grave (si no constituyeren delito, cosa que hay que tener en cuenta y valorar), La adquisición, tenencia, cesión o enajenación de armas por particulares, sin tener las autorizaciones o licencias prevenidas al efecto o la alegación de datos o circunstancias falsos para su obtención, con multa de cincuenta mil una a doscientas mil pesetas, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas de ánima lisa.

En definitiva y como os habéis dado cuenta, todo lo que he dicho ya lo ha dicho McGver. Simplemente, apoyo sus argumentos abundando en los mismos.

En realidad, Gemina, me parece un poco exagerado que extrapoles la LAU con el reglamento de armas, intentando asimilar conceptos respecto a bienes que, por su propia naturaleza no son asimilables, aunque, como abogada en ejercicio, eso ya lo sabías.

Acerca de lo que dices

gemina escribió:
- TERCERO.- Por lo que respecta al precio, comparado con los cursos similares que se realizan en EEUU no es caro. También conozco monitores de Golf que te cobran eso por tres clases y una salida al campo.


También me parece acojonante lo de la comparación de un instructor de golf con un instructor en seguridad privada en cualquiera de los aspectos. Si fallo en la consecución del swing al darle a la bola, lo peor que puede ocurrir es que mi bola se vaya al agua o a la arena. Si fallo en la ejecución de sacar-montar-encarar-disparar porque el instructor no me lo explicó adecuadamente, ya sabemos lo que puede ocurrir.

También me ha gustado mucho (estoy ironizando, por si alguno no lo pilla) tus referencias a la 30/92, a la Constitución Española, a la... en fin, que lo que yo no se es cómo no has puesto biliografía de Parada, de Fernandez Rozas, de Jiménez de Asúa y del gran Goldschmidt (el de las bandas sonoras no, el otro).

Por último, este comentario tuyo es el que mas me ha gustado, de verdad:

gemina escribió:
Se me olvidaba: Deberíamos esperar a la realización del curso para criticar,



Gracias a que existe internet, tenemos la posibilidad de recabar información, opiniones, comparar, etc... Es decir, que no vamos a ciegas. Entiéndeme... se pueden intuir ciertas cosas para concluir que un determinado curso, actividad, gimnasio, empresa o, incluso, receta de cocina, no es adecuada. Por decirlo de forma exagerada, no me hace falta probar una cagarruta para saber que no me va a gustar.

Me gustaría que me dijeses si representas los intereses de UC Global de forma profesional.


Esto por lo que se refiere a lo que es puramente el tema del hilo.

Sin embargo me gustaría comentar algunas cosillas respecto a la actitud general del hilo que veo que se ha repetido en algún otro.
No me gusta nada que muchas aclaraciones, disculpas, puntualizaciones o llamadlo como queráis, se hagan mediante privado. ¿Por qué? ¿Es que alguien cree que pedir disculpas en el hilo le va a restar un mal entendido prestigio? ¿O es más bien un punto de soberbia e inseguridad?.

Al final, en lugar del foro, lo que se hace es aclarar las cosas mediante privados y el resto de los foreros nos quedamos a dos velas.
Menos privados, y más echarle c.ojones y debatir con argumentos en el hilo.Y como no me gusta tirar la piedra y esconder la mano, digo esto por el primer comentario de right0knight en este hilo, llamando la atención a Irlandés por su "supuesto" ataque. La verdad es que yo no veo ataque por ningún sitio, lo único que veo es un tono determinado, que tiene que ver con la forma que tiene una persona de explicar las cosas. Esto es algo bueno, porque si no, estaríamos llenando cada comentario que hacemos en el foro de florecitas, guiñitos, sonrisitas y demás chorradas para hacer notar que si, que me cago en tu padre pero de buen rollito, amigo.
Luego, como lo habéis aclarado mediante privado, el resto nos hemos quedado a dos velas. ¿Qué hay que aclarar?. Un poco más y cierras el hilo por el "ataque" de Irlandés.

Claro, si vamos a una galería de tiro, y vemos que el de al lado está tirando con, por poner una exageración, una Desert que tira para atrás, le decimos, ¿te importa que la pruebe?. Claro, claro... todos hacemos eso. Está mal, pero lo hacemos. Y cuando uno lo pone por escrito, nos escandalizamos. Sin embargo, si llega la empresa "X" ofreciendo cursos y diciendo que alquila sus armas (por cierto Gemina, se me olvidaba. Veo que tienes muy presente esa máxima del Derecho de "lo que no está prohibido está permitido", y como el alquiler no está expresamente prohibido en el Reglamento, según tú está permitido) se nos hace Pepsi-Cola. ¿Por qué? pues porque igual algún responsable del foro debería plantearse dejar el mismo y dedicarse a hacer de comercial de estas empresas.

Saludos, compañeros.

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NotaPublicado: 12 Ago 2009 09:40 
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Registrado: 23 Jun 2008 19:37
Mensajes: 55
En primer lugar ruego acepten mis disculpas por no haber comparecido aquí con anterioridad, pero como alguno de los intervinientes sabe estamos un poco liados estas últimas semanas, y septiembre -con sus tres cursos- se nos viene encima.


Me gustaría dejar meridianamente claro que el alquiler de armas a personas con las licencias oportunas es perfectamente legal. Es algo que tenemos consultado de sobra no solo con nuestro departamento legal sino con las autoridades correspondientes, y desde luego con alguno de los ejemplos que se han puesto aquí por parte de aquellos que dicen que no está permitido deberían haberse dado cuenta de ello.

El término cesión significa traspaso de propiedad, sea temporal o definitiva, y al igual que con un coche yo puedo cederle un arma que esté perfectamente legalizada a un amigo que tenga las licencias correspondientes. Se la puedo ceder a cambio de dinero, de una cena o simplemente por amistad, y esta cesión puede ser por un tiempo determinado o para siempre. El único requisito es informar a la Intervención de Armas. Creo que todos aquí conocemos varios casos de cesión y venta de armas entre particulares, con la notificación correspondiente a la Guardia Civil.

Forista sorderita, el ejemplo que pone usted del cine es muy oportuno porque como seguro conocerá las armas para las películas no se prestan de forma gratuita, sino que hay empresas y profesionales del sector que alquilan esas mismas armas para la realización de películas, series y publicidad. Son servicios profesionales donde se ceden armas de forma temporal a cambio de dinero, por tanto es un alquiler.

La ley no tiene que aparentar ningún pacto entre caballeros, y el empleo del término cesión permite precisamente lo comentado más arriba, que ese intercambio de armas (repito, entre personas debidamente autorizadas y con conocimiento de la GC) pueda ser a cambio de dinero, bienes, servicios o cualquier arreglo comercial legal.


La expresión del forista McGyver me ha sorprendido muchísimo, me refiero a cuando dice que el Reglamento de Armas no admite interpretaciones. Y me sorprende porque creo recordar que en este mismo foro, en otros apartados, defiende una "interpretación" de la Ley de Seguridad Privada a la hora de sugerir que el empleo de armas largas por parte de Vigilantes de Seguridad pudiera ser legal. Igualmente no he visto ningún comentario suyo ante el hecho de que un servicio realizado por VS haya implicado una uniformidad que no aparece recogida en ningún lado, y sin embargo estos dos aspectos no los comenta o en cualquier caso ahí si admite una "flexibilidad" de la ley.

Es por ello que creo que el forista Gemina, a quien no tenemos en nómina ni hemos pagado jamás nada, aunque le conocimos en Zaragoza, considera algún tipo de ataque. Supongo que si tuviera a bien informar de con que empresas participa en cursos en calidad de instructor podríamos solucionar esta parte de la discusión.


Respecto al forista Irlandés considero que simplemente le extrañó ver el término alquilar, igualmente le indico que es perfectamente legal, está contemplado por ley, es una práctica habitual que jamás ha sido denunciada y como podrá comprobar en la información del curso exigimos que todos los asistentes al curso sean profesionales de las FAS, FCSE o escoltas habilitados. Con esos requisitos y comunicación a la Guardia Civil (con quienes mantenemos una excelente relación, habiendo sido uno de nuestros primeros clientes) el alquiler de armas, o si lo prefiere, la cesión temporal por un precio de libre mercado, es perfectamente legal.

Obviamente recalcar que la munición no se alquila, se vende directamente para su uso por parte de la galería de tiro y no puede sacarse del recinto. Como bien saben las cantidades de munición permitidas para aquellos que no están federados son tan pequeñas que esta es la única manera en que pueden garantizar su práctica habitual, la adquisición y consumo de la munición directamente en las galerias y campos de tiro.

Para cualquier otra duda estoy a su disposición.

Un saludo, UC Global.


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NotaPublicado: 12 Ago 2009 09:46 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
Hola.

Sorderita: de acuerdo contigo, hasta en las comas.

Referente al tema que refieres del cruce de privados para aclarar o tratar temas inherentes al sano debate que ha habido en este hilo, yo, personalmente, he tratado por ese medio algunas cosas, sin desvelar CON QUIEN, no tengo problema en ponerlo en abierto, dado que tambien coincido contigo en la necesidad de hacerlo así. Para ello, necesitaría el permiso expreso de la/s persona/s con quien lo he hecho, no voy a citarlos expresamente, sólo poner lo que yo les he enviado, y el resto queda a su cuenta.

Mi motivo de tratarlo por MP, es sencillamente el no poner ciertas cosas abiertas, cierto es que no estamos hablando de información de trabajo de carácter SENSIBLE, y como no tengo nada de nada que mantener en condición de confidencialidad en este tema, y teniendo muy presente que hay muchos foreros, gente joven en comparación de los que ya peinamos algunas canas, que buscan inspiración para sus futuros profesionales, serviría para enriquecer sus conocimientos, algo en que entiendo, parte importante de responsabilidad tenemos los que ya llevamos tiempo batiendo el cobre en el negocio. Esto, hay que hacerlo a mi forma de ver, de una manera seria, profesional y sobre todo, modesta.

A relación de tu acertada observación
Citar:
Veo que tienes muy presente esa máxima del Derecho de "lo que no está prohibido está permitido"

una sencilla reflexión, para tener las cosas claras, también ayuda la ética personal y profesional, creo que con esto, dejo claro mi punto de vista.

8-)

PD: Encantado de verte de nuevo. Confío en que no te hagan trabajar mucho. wink:

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La milicia es una religión de hombres honrados.
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NotaPublicado: 12 Ago 2009 10:12 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
UC Global escribió:
En primer lugar ruego acepten mis disculpas por no haber comparecido aquí con anterioridad, pero como alguno de los intervinientes sabe estamos un poco liados estas últimas semanas, y septiembre -con sus tres cursos- se nos viene encima.


Nunca es tarde, si la dicha es buena.
Encantado de veros por aquí.

UC Global escribió:
Me gustaría dejar meridianamente claro que el alquiler de armas a personas con las licencias oportunas es perfectamente legal. Es algo que tenemos consultado de sobra no solo con nuestro departamento legal sino con las autoridades correspondientes, y desde luego con alguno de los ejemplos que se han puesto aquí por parte de aquellos que dicen que no está permitido deberían haberse dado cuenta de ello.


Ya lo he dicho con anterioridad, pero no me canso, la Intervención Central no opina lo mismo.

UC Global escribió:
La expresión del forista McGyver me ha sorprendido muchísimo, me refiero a cuando dice que el Reglamento de Armas no admite interpretaciones. Y me sorprende porque creo recordar que en este mismo foro, en otros apartados, defiende una "interpretación" de la Ley de Seguridad Privada a la hora de sugerir que el empleo de armas largas por parte de Vigilantes de Seguridad pudiera ser legal. Igualmente no he visto ningún comentario suyo ante el hecho de que un servicio realizado por VS haya implicado una uniformidad que no aparece recogida en ningún lado, y sin embargo estos dos aspectos no los comenta o en cualquier caso ahí si admite una "flexibilidad" de la ley.


No defiendo que pueda ser legal, sino lo mantengo por que lo es, para ello:

Ver la ORDEN DE 7 DE JULIO DE 1995
CAPÍTULO II. VIGILANTES DE SEGURIDAD
Decimonoveno. Armas reglamentarias.
El arma reglamentaria de los vigilantes de seguridad, en los servicios que hayan de prestarse con armas, será el revólver calibre treinta y ocho especial de cuatro pulgadas. Cuando esté dispuesto el uso de armas largas, utilizarán la escopeta de repetición del calibre 12/1970, con cartuchos de 12 postas comprendidas en un taco contenedor.


Sólo cito parte suficiente de la normativa afecta....

Imagino a que servicio os referís en lo concerniente a las armas largas y la uniformidad, el armamento y la uniformidad, lo IMPONE la Ley en lo primero, y lo segundo, por lo que tengo entendido, la autorización de que gozaba el servicio, permitió una excepción. wink:


UC Global escribió:
Es por ello que creo que el forista Gemina, a quien no tenemos en nómina ni hemos pagado jamás nada, aunque le conocimos en Zaragoza, considera algún tipo de ataque. Supongo que si tuviera a bien informar de con que empresas participa en cursos en calidad de instructor podríamos solucionar esta parte de la discusión.


No quiero parecer descortes, pero eso es entre la empresa y yo, y hay un acuerdo de confidencialidad. Seguro que os haceis cargo.


UC Global escribió:
Obviamente recalcar que la munición no se alquila, se vende directamente para su uso por parte de la galería de tiro y no puede sacarse del recinto. Como bien saben las cantidades de munición permitidas para aquellos que no están federados son tan pequeñas que esta es la única manera en que pueden garantizar su práctica habitual, la adquisición y consumo de la munición directamente en las galerias y campos de tiro.


Perfecto. No esperaba otra respuesta.

UC Global escribió:
Para cualquier otra duda estoy a su disposición.

Un saludo, UC Global.


Encantado. wink:

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 Asunto: UC GLOBAL
NotaPublicado: 12 Ago 2009 15:52 
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Registrado: 22 Nov 2008 21:26
Mensajes: 141
Pues no trabajo en UC GLOBAL, trabajo como abogado en un Despacho propio.

Aunque sí he trabajado (como abogado y en Sala) en algunos asuntos de tráfico de armas legales e ilegales en AUdiencias Provinciales en la Audiencia Naiconal y Tribunal Supremo y también para alguna empresa fabricante de armas inglesas y PMC extranjeras y sé bastante de qué hablo, puesto que en caso contrario, prefiero no opinar.

Por lo que respecta al curso que ofertaba UC GLOBAL, se prevee limitarlo a profesionales con licencia y guiado de armas y con instructores cualificados en centros de tiro legales a partir de ahí... la ley es más amplia que el "formulario", pero si uno no es abogado, a veces es complicado entender todos los derechos y formas contractuales existentes.
Si alguien se cree que va a encontrar un camión repleto de AK47 y una tonelada de munición, creo que se equivoca de curso y de foro.
Si alguien tiene más dudas, creo que en el Curso de Tarragona acudirá un letrado de la GC, un abogado del Estado, un Comisario CNP y algún mando de ME.

SI entre los foreros hay algún instructor de tiro con experiencia con los SEALS, pues que acuda al curso y vea si la instrucción es buena o no, que queréis que os diga... yo me quedé en el tiro al pichón.

SI alguna otra empresa, oferta un curso similar, igualmente lo encontraré interesante y encantado de dar buena opinión, pero si encuentro algún friki-curso lo pondré a parir porque considero que hay mucho engaño y estafa en este mercado y puedo entender que muchos no distingan ya de un curso serio de una pamplina.

Creo que ya lo dije, cuando salió la LSP, muchos se hicieron millonarios en pocos días y ahora algunos están nerviosos porque no saben moverse en el ámbito PMC, incluida la formación específica.

_________________
Silent enim leges inter arma
(las leyes callan en tiempos de guerra, M.Tulio Cicerón)


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NotaPublicado: 12 Ago 2009 17:58 
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Registrado: 18 May 2007 09:46
Mensajes: 8411
El moderador Santiago Cierra ya avisó la página anterior que el debate estaba terminado.

En este punto y viendo que se han aclarado aún más los distintos puntos de vista considero que SE HA DE FINALIZAR CON LA DISCUSIÓN.

A partir de ahora este hilo se empleará para solucionar las dudas que los usuarios tengan sobre el curso que oferta UC Global.

Para cualquier cuestión por mensajería privada por favor. Gracias.

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Si te editamos el post en verde no te preocupes, si en rojo pon atencion.
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twitter: @antidisturbioes


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NotaPublicado: 12 Ago 2009 19:50 
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Registrado: 24 Ago 2007 22:42
Mensajes: 1554
[align=justify]Leches UC Global podias hacer un curso de tales caracteristicas en Madrid, asi seguro que podria hacer el curso :D, aunque como algun compañero a dicho sin entrar al criticarlo cosa que no hago por desconocimiento se me sale un poco caro el curso, no digo que no lo valga simplemente que a mi personalmente se me sale de las manos y mas si tenemos en cuenta que en cualquiera de los tres tendria que desplazarme, que se le va hacer no se puede tener todo en la vida :grin:

Bueno haber pronto lo que lo hagan nos cuentan cositas sobre el, por cierto UC Global podrias contar un poco mas amplio el contenido del curso sino es mucha molestia claro esta.[/align]

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SOLO MERECE VIVIR, QUIEN POR UN NOBLE IDEAL, ESTA DISPUESTO A MORIR

HONOR, LEALTAD Y SACRIFICIO


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 Asunto: Re: UC GLOBAL
NotaPublicado: 12 Ago 2009 22:33 
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Registrado: 14 Feb 2007 22:46
Mensajes: 7492
gemina escribió:
Si alguien se cree que va a encontrar un camión repleto de AK47 y una tonelada de munición, creo que se equivoca de curso y de foro.
.



:eek: :-D Imagen

cómo ésto??
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una lástima¡¡venga¡¡ :-D

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saludos.
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[marq=right]por favor,lee las normas del foro. [/marq]


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NotaPublicado: 12 Ago 2009 23:07 
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Registrado: 20 May 2007 18:20
Mensajes: 4365
Ubicación: GALICIA
Sólo espero que el curso sea bueno y QUE DESPUES DE TAN SANO DEBATE, colgéis un buen reportaje del mismo en esta santa casa.

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MAÑANA MÁS Y MEJOR


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