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NotaPublicado: 09 Ago 2009 12:36 
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Hola
Me ratifico en mi explicación respecto al alquiler, tampoco existe en el Reglamento nada de blancos moviles ni cargadores en galerías y muchas otras cosas. Pero La ley esta muy clara en este semntido respecto a las cesiones de armas. Cualquier abogado te dirá lo mismo, incluso Seguridad Privada en la Nacional y los letrados de la Guardia Civil o cualquier abogado del Estado.

Respecto al alquiler de armas (no rifles automaticos) te puedo pasa por PM todo un listado de campos en España

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Silent enim leges inter arma
(las leyes callan en tiempos de guerra, M.Tulio Cicerón)


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NotaPublicado: 09 Ago 2009 14:35 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
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Ubicación: Madrid.
gemina escribió:
Hola
Me ratifico en mi explicación respecto al alquiler, tampoco existe en el Reglamento nada de blancos moviles ni cargadores en galerías y muchas otras cosas. Pero La ley esta muy clara en este semntido respecto a las cesiones de armas. Cualquier abogado te dirá lo mismo, incluso Seguridad Privada en la Nacional y los letrados de la Guardia Civil o cualquier abogado del Estado.

Respecto al alquiler de armas (no rifles automaticos) te puedo pasa por PM todo un listado de campos en España


Hola.

Creo que tenemos diferentes interpretaciones de un reglamento que no las facilita y quienes tienen la misión de velar por su cumplimiento, tanto la ICAE como sus delegaciones lo tienen tan claro como yo. En concreto sobre el art. 91 del RA.

Y si me interesa esos campos que alquilan armas. Puede dar juego a prácticas y entrenamientos dinámicos, que tampoco hay muchas opciones. Agradecido si me lo pasas por MP.

Por cierto: no tengo intención alguna de entrar en polémicas sobre este ni otro tema. Con esto finalizo por aquí.

wink:

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Última edición por mcgver el 09 Ago 2009 16:48, editado 1 vez en total

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 Asunto: ..
NotaPublicado: 09 Ago 2009 16:06 
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Como fui yo quien inició este tema y no quiero que nadie piense que quiero esconder la cabeza debajo de la arena voy a decir unas cosillas.
Lo primero de todo es mi forma de expresarme, me gusta muchas veces ironizar sobre muchos temas y hay veces que a la gente le molesta, por ésto pido disculpas a la gente que le ha podido molestar mi forma de expresarme, pero como el temario está pasando de castaño a oscuro voy a decir lo que pienso claramente.
En primer lugar me parece genial que haya cursos de nuestra temática en España y que vengan los mejores a enseñarlos, así no tenemos que viajar al extranjero ni gastarnos una pasta bárbara para aprender cosas que sirvan para nosotros y en definitiva para dar un mejor servicio a los demás. El tema de si es caro o no, me da igual, cada uno es libre para pagar lo que quiera o lo que pueda, a nadie le obligan.
En segundo lugar, yo no he criticado un curso sin conocerlo, solo hice un aviso para navegantes y lo que parece increible es que se haya pispado un Especialista en Seguridad Privada además de en infinidad de otros campos. Ésto me demuestra que para unas cosas somos la $%&ª y para otra nos hacemos los tontos.

El aviso para navegantes era el siguiente: No se puede alquilar armamento en nuestro pais, es una acto ilegal, el Reglamento de Armas es el que hay, ya nos gustaría a muchos que se funcionara de otra manera pero así están las cosas.
Quiero pensar que UCGlobal metió la pata y no quiso decir "alquilar" sino "ceder temporalmente", entonces lo comprendería y no se habría creado la polémica, pero todavía no han dicho nada...o quizás sí, Gemina...y nos nos gusta recular y decir que nos hemos equivocado.
Reitero que si alguien piensa que estoy equivocado y lo demuestra a mi no me supone ningún problema el pedir perdón, yo no poseo la verdad absoluta.
Y para finalizar dar un fuerte abrazo a mis compañeros foreros Madelman, que se de sobra que es humano pero también se de sobra que es un máquina y un magnífico profesional, ten mucho cuidado "allá alante". A Pesado que me gusta mucho leerle, a SantiagoCierra, que no hace falta echarle flores, a Macgver igual que al anterior y si me olvido de alguno que me perdone, y ésto último que digo, lo digo de corazón
Aquí dejo el tema que no quiero ser aburrido ni crear más polémica.
Saludos.

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"Al pensar en los días que pasamos en la Compañía E, guardo especialmente la respuesta que le dí a uno de mis nietos cuando me preguntó:"Abuelo, ¿fuiste un héroe en la guerra?. No, le contesté, pero serví en una Compañía de heroes".


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 Asunto: Re: ..
NotaPublicado: 09 Ago 2009 16:47 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
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Ubicación: Madrid.
Irlandés escribió:
Como fui yo quien inició este tema y no quiero que nadie piense que quiero esconder la cabeza debajo de la arena voy a decir unas cosillas.
Lo primero de todo es mi forma de expresarme, me gusta muchas veces ironizar sobre muchos temas y hay veces que a la gente le molesta, por ésto pido disculpas a la gente que le ha podido molestar mi forma de expresarme, pero como el temario está pasando de castaño a oscuro voy a decir lo que pienso claramente.
En primer lugar me parece genial que haya cursos de nuestra temática en España y que vengan los mejores a enseñarlos, así no tenemos que viajar al extranjero ni gastarnos una pasta bárbara para aprender cosas que sirvan para nosotros y en definitiva para dar un mejor servicio a los demás. El tema de si es caro o no, me da igual, cada uno es libre para pagar lo que quiera o lo que pueda, a nadie le obligan.
En segundo lugar, yo no he criticado un curso sin conocerlo, solo hice un aviso para navegantes y lo que parece increible es que se haya pispado un Especialista en Seguridad Privada además de en infinidad de otros campos. Ésto me demuestra que para unas cosas somos la $%&ª y para otra nos hacemos los tontos.
El aviso para navegantes era el siguiente: No se puede alquilar armamento en nuestro pais, es una acto ilegal, el Reglamento de Armas es el que hay, ya nos gustaría a muchos que se funcionara de otra manera pero así están las cosas..


Quiero pensar que UCGlobal metió la pata y no quiso decir "alquilar" sino "ceder temporalmente", entonces lo comprendería y no se habría creado la polémica, pero todavía no han dicho nada...o quizás sí, Gemina...y nos nos gusta recular y decir que nos hemos equivocado.
Reitero que si alguien piensa que estoy equivocado y lo demuestra a mi no me supone ningún problema el pedir perdón, yo no poseo la verdad absoluta.
Y para finalizar dar un fuerte abrazo a mis compañeros foreros Madelman, que se de sobra que es humano pero también se de sobra que es un máquina y un magnífico profesional, ten mucho cuidado "allá alante". A Pesado que me gusta mucho leerle, a SantiagoCierra, que no hace falta echarle flores, a Macgver igual que al anterior y si me olvido de alguno que me perdone, y ésto último que digo, lo digo de corazón
Aquí dejo el tema que no quiero ser aburrido ni crear más polémica.
Saludos.


Irlandés: Eres un tio tan grande, como la "empresa" para la que trabajas. Mis respetos. wink:

A veces, no sirve decir las cosas entrelíneas, pensando que los profesionales entendemos todo. Hay que clarificarlo.
Esa fue tu intención inicial, la mía, a renglón seguido, y viendo que había dudas, ponerlo un poco más claro, y el resto.... no hay más que seguir el hilo. De lo que he escrito yo, personalmente, me ratifico letra a letra y punto a punto.

Y por cierto, coincido contigo con lo de

Irlandés escribió:
Ésto me demuestra que para unas cosas somos la $%&ª y para otra nos hacemos los tontos.


Este foro va sobre una temática clara, específica y a veces complicada, y hay que saber de lo que se habla, para ello.

No vendemos barras de pan o coches..., trabajamos para la ciudadanía española, en seguridad pública, militar o privada, en un marco legal claramente definido, y cerrado a interpretaciones, blanco, blanco, verde, verde, y a veces, negro, negro.

Para todos, id con cuidado, que el tema se está complicando a cada momento.

wink:

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 Asunto: Cesion de armas
NotaPublicado: 09 Ago 2009 18:51 
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No enfadaros. Las leyes no son claras siempre.

Para interpretar segun que párrafos puede ser insuficiente leerse el Reglamento de Armas sino muchas leyes más, especialmente el art.1.255 del CC, Leyes Organicas, Decretos etc..

Pero debo insistir en la legalidad que un fulano x con licencia de armas y guia de pertenencia, ceda a cambio de precio su arma a un fulano Y con su licencia correspondiente, como si lo cede a cambio de su coche o le quiere cobrar la cesion con una pieza de caza. NO ESTÁ PROHIBIDO POR NINGUNA LEY ESPAÑOLA
Quizás en licencias B no sea muy común, pero si en la D y E e insisto, perfectamente legal. Que hay que firmar la cesión y comunicarlo a la intervención de armas? Pues claro. Tampoco se pretende aquí enseñar a tramitar todo

Si en un curso de tiro, acude un Guardia Civil, no puede ceder su arma a un Mosso d' Esquadra? Creo que sí

Un escolta no puede practicar el tiro ?¿ ummmm
Creo que todos conocemos gente con licencia F que ha alquilado armas en campos de tiro, porque es legal.
AL igual que los menores, pueden acceder al tiro y antes de obtener la licencia cualquiera puede practicer el tiro bajo supervisión.

Que se quiere criticar el curso ofertado por UC GLOBAL, me parece bien, pero insinuar que la cesión, arriendo, donación, permuta, compraventa, depósito y cualquier otro negocio jurídico no prohibido por el 1255 del CC y Ley de Armas etc. entre autorizados y guiados es ilegal, ABSOLUTAMENTE NO.

Lo que está claro, es que la discusión no tiene que ver con la legislación sino con el curso que ofrece UC GLOBAL, que es bastante serio y al parecer ha recibido muy buena acogida entre los profesionales.

Este es un mercado muy grande y caben todos: cursos serios, curso de turismo en Israel y FRIKI-CURSOS, los favoritos de las grandes empresas. :D

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NotaPublicado: 09 Ago 2009 21:19 
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Registrado: 22 Nov 2008 21:26
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Para finalizar, os dejo el art.91 Reglamento:

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

El resto de legislación al respecto, yendo al grano:
RD 137/1993 de 29 enero 1993. Reglamento de Armas
art.30.2, art.30.3, art.90, art.91, art.92, art.93, art.100.5, art.104, art.105.1, art.132.1, art.132.2, art.133, art.138.2, art.139.1, art.143, art.165, dtr.2
LO 1/1992 de 21 febrero 1992. Protección de la Seguridad Ciudadana
art.6, art.7, art.23
Ley 30/1992 de 26 noviembre 1992. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
art.103.2
LO 2/1979 de 3 octubre 1979. Tribunal Constitucional
art.35
CE de 27 diciembre 1978. Constitución Española
art.33, art.38, art.53.1, art.149.1.26
Ley de 17 julio 1958. Procedimiento Administrativo
art.110
Ley de 27 diciembre 1956. Jurisdicción Contencioso-Administrativa
art.28.b
RD de 24 julio 1889. Año 1889. Código Civil
art.348

El derecho hay que mirarlo siempre en conjunto y a veces para sacar a delante determinados proyectos hay que ampliar miras, repasar Reglamentos Comunitarios y cuando hace falta, forzar a la Administración para que se adecúe a la realidad y a la demanda social, en los Tribunales si hace falta.

En la legislación española o continental hay mucha figuras jurídicas que no existen o a veces la Ley es incompleta, pero la jurisprudencia las va aceptando. Hace años era impensable registrar fiducias "trusts" o realizar fusiones gemelares internacionales yo ya he hecho unas cuantas sin problemas ni en registros no en la AEAT.

Por no hablar ya del leasing de armamento en contratos administrativos etc.

Por suerte, el tema de los cursos es mucho más sencillo. Por mi parte doy por cerrado el tema, cualquier otra aclaración agradeceré MP

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NotaPublicado: 09 Ago 2009 23:09 
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Registrado: 07 Feb 2007 16:40
Mensajes: 5330
Bien, entonces damos el tema por cerrado...a falta de contestación clara el que quiera saber mas que llame o escriba a la empresa, espero también reportaje de después del curso, así como crítica buena...que apretando las clavijas es como salen posteriormente mejor las cosas :x.
Un saludo a todos....y continuamos con el mensaje original del hilo wink:

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NotaPublicado: 10 Ago 2009 00:38 
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Registrado: 26 Sep 2007 10:09
Mensajes: 330
Ubicación: Sacudiéndome el polvo...
gemina escribió:
Si algún forero ha disparado junto a los Navy Seal en un curso de arma corta, podría comentar algo más al respecto ...


Claro y como no miras a nadie... no me tengo que dar por aludido no??? wink:

Lo importante en un curso de èstos muchas veces no es la cantidad de tiros que pegas ni como los pegas, para mi lo mas importante es la calidad de quien te enseña, dos días con un buen profesional pueden valerte de mucho si despuès sigues trabajando sus enseñanzas.
Recuerdo el curso en el que màs aprendí sobre el tiro con pistola, y en dos días solo disparè 50 cartuchos :o cada uno iba con su arma y su munición...

Hice cursos con gente de la N.S. y tambièn aprendí, evidentemente su tècnica es diferente y 50 cartuchos con ellos te pueden durar 30 minutos... eso si, èstos cursos fueron en USA y paguè por el alquiler de las armas y por la munición, que evidentemente en USA es màs barata que en nuestro querido país.

Lo màs importante, es abrir la mente a nuevas enseñanzas y durante el curso absorver todo como una esponja, cuando termine el curso, cada uno tendrà una opinión y como dice Santiago, criticando se ayuda a mejorar.

Un saludo.
:shock:

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NotaPublicado: 10 Ago 2009 09:01 
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Registrado: 21 May 2007 21:48
Mensajes: 2709
Ubicación: Madrid.
Hola.

El debate que hemos mantenido y que por mi, termina ya, es con el concepto legal de cesión-alquiler de armamento en nuestro marco legal.

Si retrocedes a la página uno del hilo, este divertido y ameno debate, comenzó con una consulta afecta a la posibilidad de alquiler de armas y adquisición de cartuchería por parte de la organización del curso y sus implicaciones sobre la normativa vigente sobre armamento y municiones.

Vosotros -UCG y tu mism@-, defendeis una interpretación algo libre del RA, cosa que a mi entender, y al de la ICAE, no se puede, no lo permite el RA y no os lo permitirá la IA en ningún momento, y me sobran el resto de citas de textos legales o de la Constitución.

El RA es lo que es, me guste o no -por cierto, me cae como una fractura de cráneo- pero tengo que tenerlo muy en cuenta para muchas cosas y es el único marco legal para el tema de armamento y municiones en este país. Lo poquito que hay aparte, está subordinado - no de rango superior-, y me refiero a las disposiciones especiales que existen emanadas del MIr y de la SEI.

Referente a esto acabo aquí.

gemina escribió:
Lo que está claro, es que la discusión no tiene que ver con la legislación sino con el curso que ofrece UC GLOBAL, que es bastante serio y al parecer ha recibido muy buena acogida entre los profesionales.


Y al entender que realizas una alusión clara y transparente en lo que arriba te destaco en negrita, de ser cierto, te equivocas, pero no te imaginas cuanto. Ya lo he dicho anteriormente en este hilo, no tengo interés alguno que pudiese respaldar o justificar ataques velados o directos a UCG, yo me dedico a otra rama del Sector, la que contempla el marco legal español y sobre suelo soberano, pero puedes tener clara una cosa, que si tuviese algún interés, no sería en la línea de acción que insinuas, ni público en este gran Foro. No es mi forma de ver y hacer las cosas.


wink:

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