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NotaPublicado: 16 Jul 2012 02:09 
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

Serie B: PROPOSICIONES DE LEY 30 de marzo de 2012 Núm. 65-1Serie B:

Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1986,
de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia. (122) Proposición de Ley de Grupos Parlamentarios del Congreso.
Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.
Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Acuerdo:
Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos del artículo 126 del Reglamento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y notificar al autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2012
P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley 2/1986 Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para su debate en el Pleno de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2012.—Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.—José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.

Exposición de motivos
En la actualidad se suceden los archivos de causas Judiciales en las que se denuncian actuaciones no ajustadas a derecho en materia de orden público ante la imposibilidad de identificar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que son denunciados ya que no portan identificación personal alguna que sea nítidamente visible, a lo que se añade el hecho de que en numerosas ocasiones ocultan sus rostro.
La actual identificación basada exclusivamente en la exhibición de un número en pequeños caracteres en una placa no es suficiente, máxime cuando queda cubierta por otras prendas y equipamientos que la hacen invisible a los ciudadanos.
Resulta pues necesario, que en todo momento, sin más excepción que la actividad investigadora que haga precisa no vestir uniforme alguno, sea posible identificar individualmente con claridad a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para hacer efectivas las garantías establecidas constitucionalmente y para dar cumplimiento efectivo al artículo 5.6 de la Ley 2/1986 Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y lo contenido en la Declaración sobre la Policía, del Consejo de Europa y en el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Por todo lo cual, se presenta la siguiente Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley 2/1986 Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Artículo uno.
Se modifica el artículo 5 en su apartado 6, pasando a quedar redactado como sigue:
«6. Responsabilidad:
a) Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enunciados anteriormente, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las Administraciones Públicas por las mismas.
b) Todo el personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Comunidades Autónomas y Administraciones Locales estará identificado en su uniforme por un número personal e intransferible que pueda ser fácil y nítidamente identificado por los ciudadanos y que será visible en toda ocasión.»
Artículo dos.
Se crea una disposición adicional nueva con la siguiente redacción:
«Disposición adicional.
La identificación establecida en el apartado b) del artículo 6 de la presente ley se ajustará a los siguientes criterios: Dicho número deberá ir colocado en el pecho y en a parte superior de la espalda en todas las prendas del uniforme excepto en el uniforme establecido para actos oficiales y ceremonias. Su ubicación será respetada de forma que no puede ser cubierta por equipamiento alguno que impida su visibilidad total o parcial.
Constituye una excepción a esta obligación las actuaciones investigadoras que exijan mantener oculta la condición de miembro de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Debe ser claramente visible por el tamaño de sus caracteres, que no será inferior a 4 centímetros de altura y 3 centímetros de anchura, siendo de un color que destaque nítidamente sobre el fondo, el cual puede ser distinto del color del uniforme.
Cuando se porten prendas de protección sobre el uniforme, éstas deberán disponer del número en las mismas condiciones que las descritas anteriormente, y en el caso de portar casco, el número deberá ir colocado en el frontal y en la parte posterior del mismo.
Cuando se produzcan actuaciones de intervención y no de investigación o prevención de delitos, el personal que intervenga no uniformado deberá portar prendas o equipos de protección en los que figure el número de identificación personal en los términos descritos en el presente artículo.»

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



Mi respuesta en aquel foro:


Pfff como esta el patio, madre mia.

Yo creo que por tema de crisis, renovar todo el vestuario de nuevo sale muy caro y ya que pretenden llenarlos de numeros, porque no nos ponen una chapa plastica en la oreja como las del ganado???

En fin espero que este proyecto no salga adelante, y no se menoscabe mas aun la imagen de profesionalidad de la policia.

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NotaPublicado: 16 Jul 2012 20:28 
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Registrado: 28 Ago 2009 19:35
Mensajes: 761
Ubicación: En mi mundo
Yo creo que si lo escribís con un rotulador grueso de color amarillo chillón en un globo de color rojo o naranja relleno de helio y os lo sujetáis a una oreja con medio metro de cuerda también vale.

Vamos hombre.... Es ridículo. )=9=

Vigilad y cuidaros donde os halléis. Un saludo.

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