Buenas a todos.
He visto esta noticia y me he quedado cuanto menos sorprendido; al parecer el 31 de Diciembre del 2006, un Guardia Civil destinado en Guipúzcoa insultó a un sargento cuando se encontraban en la cantina de la comandancia. Después de más de 9 años ha sido condenado por la Sala Militar del Tribunal Supremo a 4 meses de prisión.
La duda que se me plantea es que tenía entendido que solamente se podía aplicar el Código Penal Militar a la Guardia Civil en el caso de que estuvieran destinado en Unidades del Ejército o en Misiones Internacionales, así que a mi entender se tenia que haber aplicado Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. En dicha Ley se establece como Faltas Graves la insubordinación o la grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo de uniforme.
En fin me parece de una desproporción considerable la pena impuesta.
Adjunto en enlace de la noticia en el que además se ve la sentencia del tribunal.
http://www.eldiario.es/sociedad/guardia ... 15681.htmlSaludos a todos.