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Tanto el Código Penal Militar como el común, en sus artículos 49 y 581, respectivamente, definen el delito de traición como inducir "a una potencia extranjera a declarar la guerra a España o se concertare con ella para el mismo fin". Tampoco sé qué ha dicho exáctamente este sujeto, pero para considerarlo delito de traición tendría que ser una inducción directa a un país extranjero a invadir España. Si solo hace vagas referencias al esplendor de Al Andalus y poco mas, no puede calificarse como traición.
Si lo que incita es a la Yihad contra España, es decir, a grupos terroristas, no a países, para que recuperan Al Andalus o algo similar, seguiría sin poder considerarse como traición por cuanto que no se induce " a una potencia extranjera". Algún juez podría interpretar el precepto de acuerdo con "la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas(las leyes)", como dice el título preliminar del Código Civil, y considerar que también es traición cuando se indujere a grupos irregulares a invadir España, cosa muy poco probable porque sería extender por analogía un norma penal, lo cuál está prohibido en virtud del Art. 4.1CP.
Por tanto, mas bien se considera como un delito de enaltecimiento del terrorismo del Art. 578CP. Es decir, castigado con pena de 1 a 2 años, que, como seguro sabeis, si no tiene antecedentes penales, se puede suspender la ejecución de la condena y no tendría ni que ingresar en prisión.
Eso sí, conforme al artículo 17.6 de la Ley de Regimen Disciplinario de las FAS, si fuera condenado por sentencia firme, posiblemente sería separado del servicio.
Por último, como no es delito de traición, sino de enaltecimiento del terrorismo, es competente la jurisdicción ordinaria y no la jurisdicción militar para conocer del asunto.
Este es mi parecer sobre la cuestión planteada que someto a cualquier
otro más fundado.
En cuanto a mi opinión personal, es una lástima que las leyes avancen a un rítmo mas lento que la sociedad, porque en las guerras ya no son solo enemigos otros países, sino grupos irregulares terroristas, por lo que todavía no podría considerarse como traición.
Me parece muy preocupante que alguien que no es de origen magrebí o de paises donde la religión musulmana es mayoritaria, se haya convertido al Islam radicalizándose de tal manera. Y por descontado, que sea miembro de las FAS.
Pd. Perdón por "endiñaros" mi pequeño dictamen jurídico sobre la cuestión. Espero no haberos aburrido
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